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1 de mayo de 2011

EL SUPREMO ILEGALIZA TODAS LAS LISTAS DE BILDU

El Tribunal Supremo ha decidido declarar ilegales las 254 listas de Bildu impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Tras casi 14 horas de deliberaciones, nueve de los 16 magistrados han votado en contra de la presencia de Bildu en las elecciones, seis han votado a favor y uno ha defendido la estimación parcial, es decir, aprobar parte de las listas impugnadas.

En lo que respecta a las 19 listas de agrupaciones electorales, los magistrados del Supremo han decidido optar por unanimidad a favor de la estimación parcial. Queda ahora por saber cuáles de esas listas podrán concurrir a las elecciones y cuáles no.
Una vez ilegalizada la totalidad de la listas de Bildu, a la coalición formada por EA, Alternatiba e independientes le queda ahora recurrir al Tribunal Constitucional. Para ello tiene un plazo de 48 horas. Una vez presentado el recurso, el Constitucional deberá pronunciarse antes de la medianoche del jueves 5 de mayo.
Agotada la vía del Constitucional, el siguiente paso sería recurrir al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Pero la reciente reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) habilita una nueva herramienta: Fiscalía y Abogacía del Estado podrían impugnar las candidaturas de Bildu durante la campaña electoral.
Anteriormente, la decisión final del Tribunal Constitucional tenía que producirse antes del comienzo de la campaña electoral. Con la reforma de la ley, las listas electorales de todo partido político o coalición de cuya legalidad se sospeche pueden ser impugnadas hasta el 12 de mayo; es decir, en plena campaña electoral.
Si se produjera esta nueva impugnación, el Supremo tendría hasta el domingo 15 de mayo para resolverla. El Tribunal Constitucional, por su parte, debería tomar una decisión definitiva antes de la medianoche del viernes 20 de mayo, es decir, justo antes del comienzo de la jornada de reflexión y a dos días exactos de la celebración de las elecciones.

Noveno veto a una formación abertzale
Tras la prohibición de la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos, la decisión del Tribunal Supremo (TS) sobre las listas de Bildu impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado ha convertido a esta coalición en la novena marca abertzale vetada en unas elecciones.
El último precedente es el de Sortu, formación a la que la Sala del 61 del TS prohibió el pasado 30 de marzo inscribirse como partido político al considerar probado el "intento de fraude" de ETA y Batasuna por volver a las instituciones "instrumentalizando" a esta nueva plataforma.

Casi 14 horas de deliberación
Sobre las 19:00 horas todavía no habían llegado a realizar votación alguna; según han informado fuentes del Alto Tribunal, los miembros de la Sala 61 seguían analizando los recursos y alegaciones presentadas.
La expectación sobre la decisión de los magistrado, ha ido aumentando según ha ido pasando el día, especialmente entre los medios de comunicación que cubren la noticia. A lo largo de la tarde, llegaban noticias de que la reunión en la Sala 61 estaba siendo bastante tensa.
Los magistrados solo han interrumpido su deliberación para comer, pero sin salir del Alto Tribunal, ya que les ha sido servido un catering sobre las 14:45 horas y han reanudado su reunión sobre las 16:00 horas.
Los magistrados del Supremo han barajado tres opciones: decir 'sí' a las 254 listas de Bildu y a las 19 independientes impugnadas, decir 'no' a todas ellas, u optar por una vía intermedia, que implicaría dar luz verde a algunas de las listas, las consideradas 'limpias'. En el caso de Bildu se ha impuesto la ilegalización total, en el de las listas independientes, algunas ha sido aceptadas y otras no.


Fuente: EITb.com


1 comentario:

Anónimo dijo...

Dice Montesquieu. "Cuando en un Estado no hay SEPARACION de PODERES NO SE PUEDE DECIR QUE EN ESE ESTADO EXISTA LA DEMOCRACIA".

EN HECHOS CONCRETOS POLTICOS, NO EN PALABRAS, CUAL VA SER LAS RESPUESTAS DE TODAS LAS FUERZAS ABERTZALES ?