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14 de abril de 2004

Del «Consejo de contenciosos» a la orden de detención europea
Bart Staes - Europarlamentario (*)
Gara, 15/04/04

Poco tiempo después de que el Parlamento belga ratificara la ley que instaura «la orden de detención europea» (el 12 de diciembre del 2003), la justicia española demanda de nuevo la extradición de la pareja vasca Moreno-García, que vive desde hace 12 años en nuestro país. El juez de instrucción y la Corte de Apelación sin embargo han rechazado la solicitud española, bajo el motivo de que se trata de un informe «viejo».

El procurador sin embargo ha recurrido ante el Tribunal de Casación.

Conviene subrayar la poca solidez de fondo de este informe, sobre todo por el hecho de que las acusaciones contra la pareja Moreno-García están basadas en declaraciones obtenidas bajo tortura. Las mismas autoridades españolas han reconocido estos hechos en 1996, anter el Relator Especial de Naciones Unidas, Monsieur Kooijmans, volviendo así sobre declaraciones anteriores que los negaban.

Para recordar, según las normas internacionales, las declaraciones obtenidas bajo tortura no tienen ningún valor jurídico.

Incluso sin considerar la suerte de la pareja Moreno-García, los firmantes de este texto estimamos que no es deseable introducir la orden de detención europea en nuestra legislación, porque eso vendría a introducir prácticas propias de regímenes totalitarios. Ciudadanos belgas pueden ser igualmente víctimas.

Es necesario examinar con más atención la situación en España. La política llevada por Madrid para con el País Vasco recuerda las prácticas de la Inquisición y del «Consejo de Contenciosos» español que, en el pasado castigó sin consideración en nuestro país.

En el siglo XVI, los Países Bajos pasaron un periodo agitado de su historia. Seguido de la crisis económica y de las injusticias de la Iglesia, que fueron criticadas por Erasmo en su "Laus stultitiae", surgieron nuevas opiniones sobre los asuntos religiosos y políticos. La invención de la imprenta hizo que el protestantismo alcanzara a un vasto público. Los príncipes locales (tales como los condes de Egmont y Hoorn) seguirían fieles al catolicismo pero se mostraron tolerantes con los heterodoxos. Ellos pidieron que se moderara la Inquisición que Carlos V (Carlos I de España) había endurecido en 1529. (En los Países Bajos del Sur cerca de 3.000 personas fueron ejecutadas por «delitos religiosos»). Esta iniciativa les costaría cara, porque el rey español Felipe II les hizo condenar a muerte por «alta traición». Por este hecho, fue creado un tribunal especial, el «Consejo de Contenciosos» (o «Consejo de Sangre»); que condenó a muerte a lo largo de su existencia a cerca de 18.000 personas. El 5 de junio de 1568, Egmont y Hoorn fueron decapitados en la Grand Place de Bruselas.

Esto parece increíble, pero en la España actual la tortura y la persecución ideológica y política, que fueron la marca de la Inquisición y del Consejo de Con- tenciosos de Felipe II, continúan practicándose. Esto destaca del reporte muy reciente (5 de febrero) del Relator Especial de Naciones Unidas, Theo Van Boven. Las autoridades españolas legitiman su política refiriéndose a la lucha antiterrorista. No obstante, Van Boven alega que la prohibición de la tortura «es absoluta e imperativa y que no se puede en ninguna circunstancia someter o estar subordinada a otros intereses, políticos o prácticos; esto incluye la necesidad legítima de anticipar atentados terroristas o juzgar a quienes los financian, planifican, apoyan o cometen tales atentados».

Después de tener conocimiento de numerosos testimonios «de interlocutores fiables del mundo judicial y académico y de la sociedad civil del País Vasco», así como de personas que han sido detenidas e interrogadas por las fuerzas policiales y de seguridad del Estado, el Relator Especial concluye que «agentes de la seguridad y policías, particularmente dentro de los servicios de la lucha contra el terrorismo, han recurrido regularmente a la práctica de la tortura y a otras formas de tratamiento inhumanas y humillantes».

Las declaraciones de víctimas de tales prácticas mencionan malos tratos tales como golpes, ejercicios físicos forzados y extenuantes, la asfixia con bolsas de plástico y vejaciones sexuales. Teniendo en cuenta la confirmación de los diversos testimonios, su coherencia y la precisión de detalles anticipados, el Relator Especial tiene la convicción de que «no puede tratarse de falsas declaraciones».

El Relator Especial de Naciones Unidas expresa su preocupación ante el hecho de que la ley que rige la medida de detención llamada de «incomunicación» (por la que los detenidos no tienen derecho a consultar con un abogado o un médico, o de tener cualquier contacto con su familia) ha sido modificada con el fin de extender al máximo los días de detención previstos, pasando así de 5 a 13 días, (noviembre del 2003), y esto a pesar de las opiniones previas de Naciones Unidas.

Según M. Van Boven, es en efecto durante este «periodo de incomunicación», en el transucrso del cual toda posibilidad de control está excluida, que el detenido corre el mayor riesgo de sufrir la tortura. Esta medida crea pues las condiciones en las que la tortura pueda ser practicada.

El sistema judicial español, en la práctica, no distingue entre la participación en la realización de un atentado y la simpatía por un proyecto político de un País Vasco independiente. Esta confusión no se aplica únicamente en el caso de Luis Moreno y Rakel García.

En el País Vasco se dan violaciones cada vez más inquietantes. Estos últimos años, dos periódicos, "Egin" (con una tirada de 60.000 ejemplares) y "Egunkaria" (con una tirada de 40.000 ejemplares, periódico totalmente en euskara) han sido prohibidos. El director de este periódico, Martxelo Otamendi, ha sido torturado. Sin embargo, el hecho de que él dirija un periódico próximo políticamente a miles de nacionalistas no significa que él sea el portavoz de ETA. Cuando denunció las prácticas de las que había sido víctima, la justicia española le ha inculpado junto a otros tres periodistas, por «colaboración con banda armada» (ETA) y falsas declaraciones sobre la tortura de la que él ha sido objeto, considerando que las denuncias relativas a la tortura no son más que una estrategia de ETA con vistas a desacreditar las instituciones democráticas españolas. Las asociaciones de defensa de los Derechos Humanos del País Vasco, que han denunciado la tortura de la que han sido víctimas diversos detenidos, han sido igualmente acusadas de «desestabilizar las instituciones democráticas».

A la luz de estos hechos parece más que nunca indispensable que las garantías legales sean puestas en marcha, con el fin de que la orden de detención europea no sea utilizada con fines políticos.

La orden de detención europea se basa sobre el principio de que todos los estados de la UE respeten estrictamente los Derechos Humanos. En este contexto, nada se opone a que la extradición sea cuasi automática. Pero como nosotros hemos visto, éste no es desgraciadamente el caso. Incluso en el seno de la Unión Europea hay estados que violan los prinicipios más elementales de los Derechos Humanos.

Es posible que la solicitud de extradición de Luis Moreno y Rakel Garcia sea rechazada, porque haya prescrito. Pero en el futuro es evidente que será diferente.

La lógica quisiera que la construcción de la Unión Europea contribuya a la difusión del respeto de los principios más elementales de los Derechos Humanos. Desgraciadamente, fuerza constatar que asistimos a lo contrario, y las prácticas totalitarias, dignas de otra época, tienen el riesgo de ser importadas a un país de tradición democrática como el nuestro.

Debemos igualmente atraer la atención sobre el hecho de que todo ciudadano belga que se conduzca mal a los ojos de las autoridades españolas puede ser igualmente automáticamente extraditado.

Es por todas estas razones que los firmantes de este texto apoyamos explícitamente la proposición de la asociación Advocaten voor de Wereld (Abogados del Mundo) de introducir un recurso ante el Tribunal de Arbitraje, para solicitar la suspensión de la ley relativa a la « orden de detención europea». La orden de detención europea no puede ser una secuela tardía del «Consejo de Contenciosos». -


(*) Firman este escrito, entre otros: Bernard Daelemans y Paul Van Cappellen (miembros de Anai Artea, grupo flamenco de solidaridad con Euskal Herria), Jan Loones y Kris Van Dijck (miembros del Parlamento flamenco), Lionel Vandenberghe (Senador), Christian Dutoit (Redactor de la revista "Meervoud") y Anne Morrelli (Profesora de la Universidad Libre de Bruselas)

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