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7 de enero de 2005

La Audiencia Nacional archiva la querella de la AVT contra Arzalluz y Garaikoetxea

La querella basaba su acusación en unos supuestos acuerdos secretos firmados por las dos formaciones nacionalistas con ETA entre agosto de 1998 y el verano de 1999 y que habrían desembocado en el Pacto de Lizarra. Asimismo, denunciaba que, en ese periodo, existió entre los dos partidos y la organización terrorista una colaboración "fructífera, eficaz, intensa e ininterrumpida".

Europa Press Madrid

El Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional ha archivado la querella presentada el pasado mes de diciembre por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) contra los ex presidentes del PNV y de EA, Xabier Arzalluz y Carlos Garaikoetxea, por un presunto delito continuado de colaboración con banda terrorista, según confirmó el presidente de esta organización, Francisco José Alcaraz.

La querella basaba su acusación en unos supuestos acuerdos secretos firmados por las dos formaciones nacionalistas con ETA entre agosto de 1998 y el verano de 1999 y que habrían desembocado en el Pacto de Lizarra. Asimismo, denunciaba que, en ese periodo, existió entre los dos partidos y la organización terrorista una colaboración "fructífera, eficaz, intensa e ininterrumpida".

La Audiencia Nacional señala en su escrito de inadmisión de la querella, firmado por el magistrado Félix Degayén Rojo, que los hechos denunciados por la AVT no son considerados como "constitutivos de infracción penal", por lo que decreta el archivo de las actuaciones judiciales al respecto.

En el texto de archivo se señala además que el presunto acuerdo entre ETA, PNV y EA, que no llega a determinar si existió o no, no puede ser considerado delito y que en todo caso sólo constituiría "una plasmación escrita de una clara y conocida coincidencia en la concepción política del País Vasco" por parte de los firmantes del supuesto acuerdo, coincidencia que no favorece "en absoluto" a la banda terrorista.

Tanto el fiscal como el magistrado coinciden al estimar que los hechos denunciados por la AVT no constituyen delito y que el supuesto acuerdo, de existir, no supone facilitar las actividades de la banda terrorista ETA. "El compromiso de crear una institución única y soberana no puede estimarse que se trate de un proceso insurreccional dirigido a favorecer las actividades de la banda ETA, por más que pueda constituir una coincidencia de planteamientos ideológicos", señala el magistrado.

Degayén Rojo subraya además que el hecho de que, tras el supuesto pacto con ETA, EA y PNV rompieran acuerdos con otras formaciones políticas con representación parlamentaria es una actuación "perfectamente encuadrable en el normal desarrollo" de la vida política en el País Vasco.

Por último, en relación al supuesto compromiso de ETA con EA y PNV para decretar un alto el fuego -la banda anunció en 1998 una tregua indefinida-, el magistrado sostiene que dicho compromiso no supone colaboración alguna de los dos partidos, ya que la tregua se manifiesta y asume "únicamente" por parte de la banda terrorista.

extraido de DEIA
www.deia.com

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